Entra en vigor la Ley de Eficiencia del Servicio Público de Justicia

La Ley de Eficiencia del Servicio Público de Justicia, que dota a la abogacía de un rol clave en los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) ha sido publicada en el BOE el viernes 3 de enero.

Con esta norma será imprescindible demostrar en los procesos civiles y mercantiles que se ha intentado realizar una negociación previa para eludir el pronunciamiento de la Justicia, por lo que los letrados y las letradas, con su capacidad para alcanzar acuerdos entre las partes, jugarán un papel fundamental para reducir el volumen de litigios.

También está contemplado ya en el texto definitivo que en el caso de condena en costas en favor del litigante que haya sido asistido por un profesional del Turno de oficio, esas costas deberán abonarse directamente al abogado o abogada y no a su cliente. Lógicamente, en estos casos el letrado o letrada deberá devolver lo recibido a través del Turno.

El Consejo General de la Abogacía se ha manifestado reiteradamente en favor de los denominados Medios Adecuados de Resolución de Controversias (MASC), siempre poniendo a los profesionales de la abogacía en el centro del proceso de diálogo, pues son quienes acumulan más experiencia en los procesos de resolución sin llegar a los tribunales.

Esta Ley, en su disposición final décima, contempla diferentes modificaciones de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita.

Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.

 

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