Colegiación

De conformidad con artículo 7º, párrafo primero (Estatuto General de la Abogacía Española)

El título oficial que habilite para el ejercicio de la profesión de la Abogacía y la incorporación al Colegio del domicilio profesional, único o principal, serán requisitos imprescindibles para el ejercicio de la Abogacía. Se presumirá como domicilio principal el del lugar donde se encuentre el despacho profesional principal o único en territorio español o, en su defecto, el de su domicilio personal en España. La colegiación como ejerciente habilita para el ejercicio en todo el territorio del Estado.

Conforme al artículo 15º (Estatuto del Ilustre Colexio da Avogacía de Ourense) 

Para pertenecer al Colexio da Avogacía de Ourense será preciso cumplir con los requisitos exigidos por la legislación estatal y si fuera necesario, por la autonómica, por el Estatuto General de la Abogacía Española y demás normas que fueran de aplicación; solicitar la incorporación al colegio y abonar los derechos de incorporación que se pudieran establecer.

La incorporación de nuevos/as colegiados/as se realizará a través del servicio administrativo que se presta en las oficinas de la secretaría, situada en la sede central del Ilustre Colexio de Avogacía de Ourense en Calle Concejo, 22, donde se atienden las solicitudes de las nuevas incorporaciones (tanto ejercientes como no ejercientes), incorporación de colegiados/as procedentes de otros países de la UE y de otros países no comunitarios.

Horario:

De 9:00 a 14:00 horas y de 16:30 a 19:30 horas, de lunes a viernes (Horario Invernal).

De 9:00 a 13:30 horas, de lunes a viernes (Horario Estival).

Departamento de altas colegiales:

Juan Luis Álvarez Soto.

988.210.076 Ext. 0

secretaria@icaourense.com

  

ALTA COMO EJERCIENTES.

1.- Solicitud escrita por parte interesado/a dirigida a la Excma. Sr. Decana del Ilustre Colexio da Avogacía de Ourense, en la que se expresará el siguiente:

1.1.- Si se propone darse de alta como ejerciente o no ejerciente.

1.2.- Si pertenece o perteneció a otros Colegios de Abogacía, determinando en su caso cuáles fueron los periodos en que se perteneció a los mismos.

1.3.- Declaración bajo la responsabilidad de quien solicita, se existe o no alguna causa de incompatibilidad que pueda concurrir y prevea el Estatuto General de la Abogacía.

1.4.- Cumplimentar la hoja, que se acompaña de datos personales del solicitante.

2.- Con dicho escrito, se acompañará la siguiente documentación:

2.1.- Título de Licenciatura o Grado en Derecho.

A. Título profesional de Abogada/o regulado en la Ley 34/2006, de 30 de Octubre.

B. Licenciados/as en Derecho con posterioridad al 31 de octubre de 2011:

B. a) Título de licenciatura en Derecho con expresa mención de la fecha de finalización de los estudios, que será la fecha de la completa superación de los estudios universitarios que conducen a la obtención del título universitario de la licenciatura. Se dispondrá de un plazo máximo de dos años, a contar desde el momento en el que se encuentren en condiciones de solicitar la expedición del título oficial de licenciado en Derecho.

B. b) Si no se dispone de documento acreditativo del Título de licenciado deberá presentar certificación académica personal de la licenciatura en Derecho cursada, en la que se incluya expresamente la fecha de finalización de los estudios que conducen a la obtención del título universitario de la licenciatura en Derecho junto lo resguardo del depósito abonado para la expedición del título de licenciado en Derecho. Se dispondrá de un plazo máximo de dos años, a contar desde el momento en que se encuentren en condiciones de solicitar la expedición del título oficial de licenciado en Derecho.

NOTA: La documentación a que se refiere este apartado 2.1 A) y B) deberá ser original o compulsada notarialmente.

3.- Certificación de carecer de antecedentes penales, que inhabiliten para el ejercicio de la profesión. (A través del Registro Civil o bien en la web: www.mjusticia.gob.es.) 

4.- Solicitud de incorporación a la Mutualidad de la Abogacía Española o de alta en el RETA (Régimen de trabajadores autónomos). A este fin, comentar que, una vez hecha la elección de Mutualidad o RETA, si la elección es RETA, esta es irreversible, no pudiendo darse de baja, aunque la Mutualidade es compatible con el RETA.

De incorporarse cómo ejerciente por cuenta ajena, deberá presentar certificación de la empresa, que acredite que dicho letrado/a está contratado como abogado/a con dedicación exclusiva, y el número de afiliación a la seguridad social.

5.- Impreso de ALTA en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.).

6.- Certificado del Consejo General de la Abogacía Española, relativo a los antecedentes del solicitante. Dicho certificado se puede solicitar a través del Ilustre Colexio da Avogacía de Ourense, previo pago de CIENTO SESENTA Y CINCO EUROS Y NOVENTA Y CINCO CÉNTIMOS (165,95 €).

7.- Declaración jurada de quien solicita, en la que manifestará si ejerce o no función en la Administración, en caso afirmativo, expresará la naturaleza y categoría de su función, y aportará certificación expresiva de que no incurre en causa de incompatibilidad con el ejercicio de la profesión.

8.- Dos fotografías tamaño carné.

9.- Abonar CUATROCIENTOS EUROS (400 €) por derechos de incorporación.

10.- SEGURO RESPONSABILIDAD CIVIL: Obligatorio.

Desde la fecha de incorporación hasta el mes de abril, el seguro de responsabilidad civil (cubre hasta 600.000 €) está contratado sin coste alguno. A partir del mes de abril el precio de la prima es anual (de abril a abril) que se girará en la cuenta de domiciliación.

  

ALTA COMO NO EJERCIENTES.

Se presentará la misma documentación que para EJERCIENTE, con las siguientes particularidades:

Punto 1. Exento de cumplimentar los apartados: 1.2 y 1.3

Punto 2. Igual que para ejerciente.

Punto 3. Igual que para ejerciente.

Punto 4. Es opcional.

Punto 5. Exento.

Punto 6: El coste del certificado del CGAE es de 101,58 euros

Punto 7. Exento.

Punto 8.  Igual que para ejerciente.

Punto 9. Los derechos de incorporación ascienden a 275 euros.

Punto 10. Exento.

 

PASE DE NO EJERCIENTE A EJERCIENTE.

Si ya fueron ejercientes de este Ilustre Colexio da Avogacía de Ourense; deberán acreditar:

Alta en IAE.

Acreditar alta en el RETA o Mutualidad de la Abogacía.

Certificado de carecer de antecedentes penales.

Certificado del Consejo General de la Abogacía Española.

 

FORMA DE PAGO

La forma de pago la de realizarse por los conceptos antes expuestos mediante ingreso en cuenta bancaria:

IBAN: ES40 2100 6530 7422 0014 5577

Caixabank, Oficina Bancaria, Calle Juan XXIII.

Se deberá de indicar Nombre y el D.N.I, del interesado/a para la colegiación. Una vez realizado el pago, se habrá de adjuntar justificante de pago con el resto de la documentación, siendo esto obligatorio.

  

LETRADOS PROCEDENTES DE OTROS COLEGIOS.

1.- Solicitud escrita por parte del interesado/a dirigida a la Excma. Sra. Decana del Ilustre Colexio da Avogacía de Ourense, interesando el alta en el mismo.

2.- Certificación del Colegio de origen en el cual constará la fecha de incorporación, así como los diferentes cambios de situación colegial si los hubiera. Si es de fuera de Galicia deberá acreditar el importe abonado como derechos de incorporación.

3.- Certificación del Consejo General de la Abogacía.

4.- Cumplimentar la hoja correspondiente a los datos personales así como de los bancarios en la que se cargarán las cuotas colegiales.

5.- Justificante de estar dado de alta en la Mutualidad de la Abogacía Española o en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. (En el caso de la incorporación como colegiado/a ejerciente por cuenta propia). La incorporación como ejerciente por cuenta ajena se justificará con una certificación de la empresa que acredite con el colegiado estará contratado como Abogado/a en dedicación exclusiva, y haciendo constar el número de afiliación al Régimen General de la Seguridad Social.

Solicitud certificado Ejerciente
Solicitud certificado No Ejerciente
Solicitud cambio a Ejerciente
Solicitud cambio Colegio
Solicitud segunda y siguiente colegiaciones (Ejerciente y No Ejerciente)
Orden de domiciliación
Datos personales
Solicitude colexiación
Declaración responsable TO

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